Caídas en la calle: ¿Sabías que podrías recibir una indemnización por tus lesiones?

1. Introducción a la indemnización por caída en vía pública

  • Concepto de indemnización por caída en la calle: La indemnización por caída en la calle se refiere a la compensación económica que una persona puede recibir si sufre lesiones debido a un accidente en la vía pública causado por el mal estado o negligencia en el mantenimiento de la misma.
  • Responsabilidad de las instituciones públicas en el mantenimiento de la vía pública: Las instituciones públicas, como los ayuntamientos, tienen la responsabilidad de mantener en óptimas condiciones las calles, parques y demás espacios públicos para evitar accidentes en la vía pública. Si se produce un accidente debido a un fallo o negligencia en el mantenimiento, la administración responsable puede ser considerada responsable y estar obligada a indemnizar a la persona afectada.

2. Seguros que cubren caídas en la calle

  •  Seguro de responsabilidad civil: Este tipo de seguro puede cubrir los costos de las lesiones sufridas por una persona en caso de caída en la calle si la causa del accidente fue la negligencia de un tercero, como un propietario de un establecimiento o un contratista de obras públicas.
  •  Seguro de salud privado y seguro de vida: Aunque la mayoría de los seguros de salud y vida no cubren específicamente las caídas en la calle, pueden ofrecer cobertura para el tratamiento médico y la rehabilitación necesarios después de un accidente en la vía pública.

3. Importe de la indemnización por caída en la calle

Escalas de indemnización según la gravedad de las lesiones: La indemnización por caída en la calle se calcula en función de la gravedad de las lesiones sufridas. Se aplican tres escalas de indemnización:

  • Moderado: 53,81 euros diarios.
  • Grave: 77,61 euros diarios.
  • Muy Grave: 103,48 euros diarios.

El importe total de la indemnización dependerá del tiempo que la persona afectada tarde en recuperarse y de los gastos médicos y de rehabilitación incurridos durante el proceso de recuperación.

4. Reclamación de indemnización por accidente en la vía pública

Casos indemnizables: Los casos en los que se puede reclamar indemnización por caída en la calle incluyen aquellos en los que el accidente se deba a:

  • Desniveles o grietas en el suelo
  • Baldosas rotas o sueltas
  • Señales de tráfico caídas
  • Arquetas o alcantarillas descubiertas
  • Falta de limpieza
  • Daños provocados por las raíces de los árboles
  • Mala iluminación por la noche

5. ¿Cómo reclamar una caída en la calle?

  •  Avisar a la policía municipal y solicitar un atestado: Es importante informar a la policía sobre el accidente y solicitar un informe oficial que documente lo sucedido.
  •  Solicitar atención médica y conservar informes médicos: Acudir a un centro médico para recibir atención y conservar todos los informes médicos relacionados con las lesiones sufridas.
  •  Recopilar pruebas y testimonios de testigos: Tomar fotografías del lugar del accidente y recopilar testimonios de personas que hayan presenciado el suceso.

6. Plazos legales para denunciar una caída en la calle

  •  Plazo para presentar una demanda por lesiones personales: Generalmente, se dispone de un año a partir del momento en que las lesiones se hayan estabilizado para presentar una demanda por lesiones personales.
  •  Plazo para reclamar indemnización una vez estabilizadas las lesiones: El plazo para reclamar indemnización comienza a partir del momento en que las lesiones se hayan estabilizado y suele ser de un año. Es importante actuar con rapidez y presentar la reclamación dentro de este plazo para no perder el derecho a recibir compensación.
indemnización caida via publica

Caso práctico de indemnización por caída en vía pública

Hace unos meses Ana S. P. acudió a mi despacho de abogados especializado en reclamaciones por accidentes para solicitar mi asesoramiento sobre cómo actuar ante lo que le había ocurrido. Unas semanas atrás sufrió una fuerte caída en una calle mientras se dirigía caminando hacia su domicilio.

La caída que sufrió estuvo únicamente provocada por el lamentable estado en que se encontraba el pavimento circundante a la boca de alcantarillado sita en ese punto, cerca de uno de los árboles plantados. De hecho, según observó con posterioridad, todas las losetas que se encontraban en torno a la alcantarilla se encontraban en un peligroso desnivel. Pues bien, fue precisamente al meter el pié en uno de los huecos que se observaban, cuando cayó bruscamente al suelo del lado izquierdo sobre la cabeza, el cuello y la mano, perdiendo casi de inmediato la consciencia.

Como consecuencia directa de la caída, que se produjo en presencia de varios vecinos y viandantes, perdió inmediatamente el conocimiento, siendo así que fue uno de los testigos quien llamó tanto a una Unidad Móvil del 061 como a una Unidad del Servicio de Ambulancia Regular. Ambas se presentaron en el lugar de la caída y finalmente fue la Ambulancia del servicio regular quién efectuó su traslado al Hospital, donde se le efectuaron diversas pruebas. Las mismas arrojaron, aparte de la pérdida de consciencia de varios minutos de duración, la existencia de traumatismos en mano izquierda y cabeza. Fue dada de alta el mismo día prescribiéndose un collarín cervical y una férula de yeso pues existía la sospecha de que padeciera una fractura de escafoides en la muñeca izquierda.

Al día siguiente ante la persistencia de las molestias y mareos acudió al Hospital de nuevo, desde donde se le realizóun TAC craneal como consecuencia del cual se le diagnosticó Esguince Cervical y Síndrome Postraumático Craneoencefálico. Como consecuencia de las lesiones sufridas permanecí o de baja laboral desde el día 25 de Noviembre de 2013 hasta el día 11 de Enero de 2014, fecha en que le fue cursado el parte de alta.

Lo primero que hicimos fue conseguir un informe realizado por un experto en valoración de daños que nos permitiera cuantificar los daños sufridos. Las cantidades que en virtud de dicho informe se solicitaron al Ayuntamiento de Madrid por reclamación administrativa en conceptoIncapacidad Temporal y Secuelas eran las que se relacionan a continuación:

1º. Incapacidad Temporal: 48 días impeditivos que hacen un total de 2.198,88 €

2º. Secuelas: 11 Puntos de Secuelas, que valorando cada punto a 735,99 € para la franja de edad en la que se encontraba comprendida hacen un total de 8.095,89 €

3º. Factor de Corrección: Atendido al nivel de ingresos netos del perjudicado procedía la aplicación de un factor del 10% sobre la cuantía correspondiente a Incapacidad Temporal y Secuelas, lo que traduce en la cuantía de 1.029,48 €

Por tanto, atendido lo anterior, la cantidad global que se reclamaba ascendía a 11.324,25 €.

El Ayuntamiento tramitó nuestra solicitud dando inicio a un procedimiento administrativo en el que se pidió informe a los departamentos competentes en materia de estado del acerado y mobiliario urbano, así como fijó un acto para la prueba en el que pudieron declarar los distintos testigos que vieron los hechos. Tras esta tramitación dictó resolución por la que acordó el pago a favor de Ana S. P. de la cantidad solicitada de 11.324,25 € en concepto indemnización por daños ocasionados por el deficiente funcionamiento de la Administración Pública.

Scroll al inicio